El Supremo confirma 12 años de cárcel para la exmujer de Marcos, que intentó asesinarlo con chocolate envenenado
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado de forma definitiva la condena de doce años y medio de prisión para Ana María O. la mujer que, en junio de 2020 en León, intentó acabar con la vida de su expareja sentimental administrándole una dosis letal de raticida oculta en una barra de chocolate. Una 'victoria' para Marcos Bas, a quien ella intento asesinos dos veces, primero esta, y segunda, atacándole con ácido. De todo ello, y con muchas secuelas, ha salido con vida y ganas de superarse y seguir luchando por sus hijos.
Con esta resolución, el Alto Tribunal desestima íntegramente el recurso de casación presentado por la defensa de la acusada y ratifica el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que a su vez había confirmado la sentencia dictada originalmente por la Audiencia Provincial de León.
Utilizó a su hijo menor como intermediario
Los hechos probados se remontan al verano de 2020. Tras la ruptura de la pareja, la relación entre ambos se había deteriorado gravemente, especialmente en lo relativo al régimen de visitas de los dos hijos que tenían en común.
Según el relato judicial, la mujer ideó un plan para terminar con la vida del hombre. Para ello, impregnó una tableta de chocolate con una dosis letal de Talio, un componente químico altamente tóxico utilizado habitualmente como raticida. Posteriormente, entregó el dulce a su hijo de tan solo siete años de edad con una instrucción tajante: él no podía probarlo bajo ningún concepto y debía convencer a su padre para que se lo comiera. El menor, ajeno a la situación, cumplió con lo ordenado por la madre.
Secuelas irreversibles y una indemnización millonaria
Aunque Marcos Bas no falleció, los efectos del envenenamiento resultaron devastadores. La víctima tardó 705 días en curarse, pasando 75 de ellos en un estado de perjuicio "muy grave".
Como consecuencia de la ingesta de Talio, padece secuelas irreversibles que incluyen ceguera, cojera manifiesta con marcha lenta e insegura, necesitando el apoyo de un bastón para desplazarse, y afectaciones moderadas del sistema nervioso. En noviembre de 2021 se le reconoció la incapacidad permanente absoluta, requiriendo además la adaptación completa de su vivienda.
Por todo ello, la sentencia ratificada impone a la condenada el pago de una indemnización de 822.592,85 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil, a lo que se sumarán los gastos médicos no cubiertos y el coste de la reforma del inmueble. Asimismo, deberá abonar 152.000 euros a la entidad aseguradora Adeslas Segur Caixa.
El Supremo avala la prueba de cargo
La defensa de la mujer fundamentó su recurso en la vulneración de la presunción de inocencia, argumentando de forma aislada la falta de contundencia de los indicios. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha desmontado esta estrategia, señalando que la condena se basa en una sólida valoración de conjunto.
Entre los indicios clave validados por el tribunal se encuentran: la pésima relación y los constantes desencuentros entre ambos tras la ruptura; la entrega del chocolate manipulado a través del hijo menor de edad; la estricta correlación temporal entre la ingesta del dulce y la aparición de los síntomas; la compatibilidad médica e inequívoca de la sintomatología con el envenenamiento por Talio, descartando otras fuentes de contaminación; el comportamiento posterior de la acusada, desentendiéndose por completo de la gravedad médica de su expareja; y la pérdida de la patria potestad y orden de alejamiento.
Además de la pena privativa de libertad, la resolución judicial conlleva medidas drásticas en el ámbito familiar y de protección. A la mujer se le ha impuesto la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus dos hijos comunes durante el tiempo que dure la condena.
Del mismo modo, no podrá aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o de cualquier lugar en el que se encuentre, ni comunicarse con él por cualquier medio, durante un periodo de 22 años y seis meses.