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Condena Corrupción de menores

El TSJCyL confirma la condena a un hombre por corrupción de menores cometida en León

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de León a un hombre por un delito de corrupción de menores cometido en octubre de 2023 en la capital leonesa. El acusado, de 52 años en el momento de los hechos, recurrió la sentencia, pero el alto tribunal ha desestimado sus alegaciones.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.

La resolución del TSJCyL confirma íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León, que condenó al acusado a dos años de prisión por un delito de corrupción de menores.

La condena contempla la concurrencia de la agravante de reincidencia y la atenuante de anomalía psíquica, además de imponer al condenado la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, el pago de 1.000 euros en concepto de responsabilidad civil y el abono de las costas procesales.

Los hechos ocurrieron en un autobús con destino a León

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron en octubre de 2023, cuando el acusado, de 52 años, coincidió con un menor de 15 años durante un trayecto en autobús con destino a la capital leonesa.

Durante el viaje, el hombre presuntamente realizó propuestas de contenido sexual al adolescente y le ofreció dinero para que ambos acudieran a un hotel al finalizar el trayecto.

El tribunal rechaza el recurso de la defensa

La defensa recurrió la condena al sostener que no existió presión ni coacción sobre el menor y que no había quedado acreditado que el ofrecimiento de 50 euros estuviera relacionado con la propuesta de mantener relaciones sexuales.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León respalda el criterio de la Audiencia Provincial al considerar que la declaración de la víctima fue verosímil, coherente y persistente, además de estar respaldada por pruebas objetivas que permiten considerar acreditados los hechos.

Con esta resolución, el alto tribunal confirma la condena impuesta en primera instancia.